domingo, 28 de abril de 2013

PRINCIPIOS FUNDACIONALES


1. Los ingresos deben ser proporcionales al trabajo realizado y no al capital invertido.

2. Quien trabaja debe determinar de forma significativa sus condiciones laborales y el destino de lo producido.

3. Las únicas formas legítimas de llevar a cabo una iniciativa económica son mediante cooperación con otras personas o de forma autónoma, y solo de forma excepcional a través del trabajo asalariado.

4. Lo que se consume ha de ser compatible con la preservación del medio ambiente y los derechos de las futuras generaciones.

5. La felicidad no radica en el nivel de consumo sino en el desarrollo de las capacidades humanas.

6. El fin de la economía es satisfacer las necesidades de todas las personas de forma justa y eficiente, no aumentar la tasa de beneficio.

7. En una sociedad madura una parte creciente de los intercambios escapan al mercado, es decir, se basan en la economía del don, donde cada cual aporta lo que puede y recibe lo que necesita.

8. Los derechos de seres vivos y animales deben ser respetados.

9. Todos los trabajos socialmente necesarios son equivalentes en valor, siendo la asamblea quien debe garantizar esta equivalencia. Una diferencia en los ingresos de una determinada actividad profesional solo se podrían justificar cuando la asamblea considerara que posee mayores cargas o desventajas respecto al resto de actividades.

10. Los bienes y servicios producidos deben poseer la máxima calidad y duración que sea técnicamente posible.

11. La publicidad debe ser sustituida por una información crítica y veraz que no pretenda manipular ni inducir al consumo.

12. Los créditos para financiar una iniciativa económica han de obtenerse en función de su viabilidad económica e interés social y no exclusivamente por los avales de que se dispone.

13. Las relaciones entre las personas deben ser prioritariamente de  cooperación y no de competencia.

15. Es un deber de todos evitar los intercambios desesperados, basados en la necesidad. Por lo que es una exigencia fundamental garantizar las necesidades básicas de todos de un modo público y gratuito.

16. El trabajo ha de repartirse, no debiendo en ningún caso ocupar más de treinta y cinco horas semanales, para hacer posible tanto la conciliación familiar como el ocio creativo.

17. No se deben adquirir bienes en cuya producción haya concurrido explotación de seres humanos, daño al entorno natural o riesgos para la salud.

18. La identidad sexual no debe condicionar el tipo de actividad a desarrollar ni la cuantía de las recompensas obtenidas.

19. Nadie debe ser excluido por no tener un trabajo remunerado, la pertenencia social se adquiere por la condición de personas y ciudadanos.

20. Los servicios deben realizarse con la máxima calidad y rapidez, y el mínimo coste para el cliente.

21. No es lícita la especulación, es decir obtener un beneficio mediante la mera compraventa de bienes de cualquier tipo (financieros, inmuebles, etc.) sin la mediación de un trabajo.

22. Se ha de buscar el consenso integrador, siempre que sea posible, antes que la mayoría.

23. La asamblea es la depositaria del poder legítimo de la cooperativa, debiendo minimizarse hasta donde sea posible el poder de los cargos representativos, que tendrán el carácter de portavocías con mandatos específicos, revocables en todo momento.

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